El PMO y la cirugía refractiva
El Programa Médico Obligatorio (PMO) en Argentina incluye la cirugía de cataratas, pero NO incluye la cirugía refractiva electiva para corrección de miopía, hipermetropía o astigmatismo.
Esto significa que la gran mayoría de las obras sociales no tiene obligación de cubrir el LASIK o el PRK como procedimiento electivo. En la práctica, la cirugía refractiva es considerada una prestación de "calidad de vida" y generalmente corre por cuenta del paciente.
¿Existen excepciones?
Hay situaciones en las que puede gestionarse cobertura parcial o total:
- Casos de anisometropía severa (diferencia muy grande de graduación entre ambos ojos) que no puede corregirse con anteojos
- Intolerancia documentada a los lentes de contacto en personas que los necesitan por razones médicas
- Patologías que contraindican el uso de anteojos
- Algunas obras sociales de profesionales (sindicatos específicos) pueden tener prestaciones extras incluidas
Vale la pena consultar a tu obra social directamente si tenés una situación especial. Presentar una carta médica detallando la indicación y el impacto funcional puede abrir la posibilidad de una cobertura parcial.
Alternativas de financiación
Dado que la cirugía refractiva generalmente se paga de forma particular, existen alternativas:
- Pago en cuotas con tarjeta de crédito (muchos centros ofrecen esta opción)
- Planes de financiación directa del centro
- Cuentas de ahorro en salud (FSA/HSA si trabajás en empresa con beneficios)
- Comparar el costo con lo que gastás anualmente en lentes de contacto y anteojos: en muchos casos la cirugía se amortiza en pocos años
¿Hay obras sociales que sí cubren el LASIK?
Algunas obras sociales de sindicatos o colegios profesionales han incorporado la cirugía refractiva como prestación adicional. No es lo general, pero existe.
Lo mejor es consultar directamente a tu obra social y, si la cirugía es particular, consultarnos en Centro de Ojos Liniers sobre los planes de pago disponibles.