Por qué las obras sociales no suelen cubrir LASIK
La cirugía refractiva (LASIK, PRK, ICL) es clasificada por la mayoría de las obras sociales como cirugía estética o de confort, no como una necesidad médica. Por eso no está incluida en el PMO (Programa Médico Obligatorio).
Esta clasificación puede cuestionarse en casos donde la corrección óptica no es posible con anteojos o lentes por el trabajo o estilo de vida del paciente.
Excepciones y casos especiales
Algunas obras sociales de primer nivel (especialmente prepagos de alta gama) sí cubren parcial o totalmente la cirugía refractiva bajo ciertas condiciones.
Casos con indicación médica clara (intolerancia a lentes de contacto documentada, anisometropía alta que no tolera corrección con anteojos) pueden justificar un pedido de cobertura a la obra social.
- Consultar directamente con tu obra social
- Pedir cobertura por indicación médica
- Verificar si hay reintegros parciales
- Algunos convenios laborales incluyen beneficios ópticos
- Prepagos premium: mayor posibilidad de cobertura
Un informe médico detallado que justifique la necesidad de cirugía puede ser la llave para obtener cobertura en casos límite.
Alternativas de financiación
Planes de pago en cuotas con tarjeta de crédito. Préstamos personales. Planes de pago del centro médico. Descuentos por pago contado.
Preguntá en el Centro de Ojos Liniers qué opciones de pago están disponibles.